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Rigen nuevos requisitos para acceder a la Asignación Universal por Hijo

La decisión del gobierno nacional se concretó en el Boletín Oficial donde se detalla una a una las condiciones que deberán cumplir las familias a partir de ahora.

SALTA (Redacción) – La asistencia económica resulta fundamental en tiempos de crisis económica y sanitaria. Si bien la Asignación Universal por Hijo tiene años de existencia, en el marco de la pandemia, el gobierno oficializó nuevos requisitos para acceder al beneficio de la AUH. Los mismos fueron publicados en el Boletín Oficial, detallados uno a uno.

Cabe recordar que el programa de asistencia social que se efectiviza a través de la Anses, es parte de una política pública; la misma apunta a priorizar la atención de las familias que presentan mayor vulnerabilidad. En esta oportunidad, y según el Decreto 840/2020, se establecen cláusulas a tener en cuenta para percibir el apoyo económico de la AUH. En este sentido, es necesario «que la niña/ niño/ adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino o argentina nativo o nativa; naturalizado o naturalizada o por opción».

Otras condiciones

Los requisitos son estrictos también para casos de una persona con discapacidad. Particularmente, en el caso de que sus progenitores o las personas que los tengan a cargo sean extranjeros o extranjeras. De hecho, deberán acreditar que tanto la persona con discapacidad como él o la titular que percibirá la Asignación, posea dos años de residencia legal en el país». Además, se deberá «acreditar la identidad del o de la titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad. Para ello deberán hacerlo mediante Documento Nacional de Identidad (DNI)».

En otro de los puntos, precisó que «la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 22.431″. La misma deberá estar certificada por autoridad competente. En el Decreto, se especificó también aquello que deberá acreditar la persona que percibirá el beneficio en el caso de tener a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad. Precisamente, lo hará en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación. También lo acreditará en conformidad con la documentación que la Administración Nacional de la Seguridad Social disponga a estos fines».

Además, en el nuevo reglamento vigente, se solicita entre otras cosas que «hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios». Lo mismo aplica para el plan de vacunación obligatorio. Mientras que «desde los 5 años de edad y hasta los 18 años, deberá acreditarse la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes a establecimientos educativos públicos». Esto será obligatorio.

Por último, las personas que buscan obtener este subsidio deberán «acreditar que él o la titular del beneficio y la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país».

Boletín Oficial

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