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Moratoria 2020: AFIP recordó quiénes pueden adherir a este beneficio y hasta cuándo

Desde el organismo oficializaron la ampliación de la moratoria a la que podrán acceder los contribuyentes con deudas.

SALTA (Redacción) – Así como muchas irregularidades encuentran una salida o justificativo en el discurso que se ampara en la pandemia, existen otras medidas económicas que en este contexto buscan apoyar a los contribuyentes y usuarios de algunos servicios. En este marco, la AFIP dio detalles de la Moratoria 2020, beneficio que se ampliará gratamente para quienes carguen con deudas.

Mientras que la crisis se acomoda, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), suma beneficios  para los contribuyentes. En este sentido, El Intransigente apuntó que a través de las redes sociales la entidad anuncia y recuerda por día cada beneficio con el que cuentan este sector, como así también los diversos trámites que pueden realizar los usuarios durante esta instancia.

En esta ocasión, el organismo utilizó su cuenta de Twitter y Facebook para indicar que se amplía el alcance de la Moratoria. Asimismo, se precisó cuáles son las ventajas que obtienen los contribuyentes ante la decisión de ampliar la moratoria tal y como establece la normativa. De esta manera, la entidad indicó como objetivo primario el alivio a las deudas.

Más de 100 cuotas para estar al día

Asimismo, se reveló el alcance de esta medida y se agregó un link que redirecciona a la página, donde los beneficiarios pueden ahondar en las ventajas. «Ampliamos el alcance de la #Moratoria2020 para que más contribuyentes puedan aliviar sus deudas. Ahora PyMES, monotributistas, comerciantes, grandes empresas y entidades sin fines de lucro tienen más tiempo para adherirse. Pueden hacerlo hasta el 30/11», publicó.

El tuit de la entidad fue acompañado con un video institucional en donde se pone de manifiesto algunos detalles. «Ampliación de la moratoria. Hasta 120 cuotas para que puedas regularizar tus obligaciones impositivas, aduaneras y previsionales. No es una moratoria más, es esta cuando más hace falta», destaca el video añadido por la entidad nacional.

Asimismo, AFIP reiteró la obligatoriedad de establecer la clave fiscal para operar por medio de la institución. «Operar en el sitio web de la AFIP con tu Clave Fiscal garantiza la confidencialidad de tu información. Para obtenerla es necesario que cuentes con CUIT o CUIL y DNI. Recordá que la clave fiscal es única e intransferible y no se bloquea por falta de uso», recalcó.

https://www.facebook.com/AFIPComunica/videos/204798361165612
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