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Insólito: un juez impidió que el exintendente de Campo Quijano se declare culpable por corrupción

Ambas partes de la causa habían llegado a un acuerdo para condenar al exintendente de Campo Quijano, pero el juez solicitó un juicio público.

Campo Quijano
Manuel Cornejo, exintendente de Campo Quijano.

SALTA (Redacción) – En un insólito fallo, el juez de la Sala II del Tribunal de Juicio, Ángel Amadeo Longarte, rechazó el juicio abreviado contra el exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo. Cabe señalar que el exjefe comunal ya había reconocido su responsabilidad en los hechos de corrupción junto a una funcionaria. Además, tenía un acuerdo de «reparación integral del daño» con la fiscal del caso. Sin embargo, el magistrado solicitó un juicio público y todo el acuerdo fracasó.

Como bien detallaron desde el Ministerio Público de la Provincia, el exintendente de Campo Quijano está acusado de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y peculado. Estos cargos por cuatro hechos que son «en concurso real y en carácter de autor». Y en la misma causa, está imputada la exsecretaria de Hacienda de ese municipio, Carmen Rosa Méndez, y por los mismo delitos.

De esta manera, en el inicio del juicio abreviado ambos exfuncionarios reconocieron su responsabilidad penal en los hechos. «Por omitir dar cumplimiento a los deberes propios de sus funciones, al desplegar conductas contrarias a las leyes y ordenanzas. Y determinando la disposición de fondos apartada de los principios contables, bajo los cuales se rige el gasto público», detallaron desde la Fiscalía.

Por este caso de corrupción, la fiscal penal Verónica Simesen de Bielke solicitó para Cornejo la pena de tres años y dos meses prisión de ejecución efectiva. Así también la inhabilitación absoluta y perpetua. Y para Méndez solicitó la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional. Sin embargo, todo el proceso se terminó por la determinación insólita del juez mencionado.

Condena caída y acuerdo de reparación sin efecto

En su fallo, Longarte determinó que “resulta fundamental un mejor conocimiento de los hechos y de la plataforma fáctica” planteada. Motivo por el cual consideró que la causa debe ser juzgada en un proceso oral y público y no en un juicio abreviado. Como se mencionó, las partes ya habían acordado la devolución de los bienes y dinero, en beneficio de la comunidad.

«Con el asentimiento del Ministerio Publico Fiscal, acordaron como reparación del daño la entrega de bienes. Entre ellos, un camión Ford Cargo 1730, dominio EUK 327, que se encuentra secuestrado y la entrega del formulario 08 respectivo para su transferencia al Municipio de Campo Quijano», mencionaron las autoridades del Ministerio Público. También acordaron la firma del formulario 08 para la inscripción a nombre del Municipio de una camioneta Chevrolet S10.

Por otra parte, en el acuerdo debían firmar un boleto de compraventa, para la entrega al Municipio de Campo Quijano, de un terreno del departamento de Rosario de Lerma. Y finalmente, Manuel Cornejo debía abonar la suma de $5.000.000 en el plazo de 48 horas. Esto debía hacerlo en una cuenta judicial para su posterior transferencia al nombre y cuenta del Municipio de Campo Quijano.

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