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POLÍTICA

Reforma del Código Procesal Penal: es ley la posibilidad de que las víctimas puedan ser querellantes en una causa

Así lo aprobó y por unanimidad, la Cámara de Senadores de Salta.

reforma del Código Procesal Penal
Tras esta aprobación, las víctimas podrán ser querellantes.

SALTA (Redacción) – La justicia es uno de los temas en los que no importa el color, la camiseta, los intereses y las ideas, la gran mayoría encuentra un gran consenso. La justicia es lenta y a veces, peca, irónicamente, de injusta. Cada vez son más aquellos que solicitan una reforma del Código Procesal Penal por ejemplo, para actualizarse y dar respuestas adaptadas al nivel de los hechos que se suscitan en el presente. En este marco, senadores aprobaron el proyecto de ley en revisión sobre la modificación que hace de las víctimas posibles querellantes.

De este modo, las víctimas de delitos penales podrán ser querellantes desde el inicio de una causa judicial al igual que las ONGs. La propuesta había sido aprobada en noviembre de 2019 en Diputados también de forma unánime. Ahora quedará en manos del Ejecutivo su promulgación. Por su parte, en una sesión de más de 3 horas, la  senadora de La Caldera, Silvina Abilés, se refirió al respecto.

En este sentido, indicó que a raíz de algunas observaciones que realizaron los jueces, dudaron en sancionar el proyecto tal como llegó de Diputados. Sin embargo, aclaró que el aporte de funcionarios provinciales, los convenció debido a que algunos detalles podrán ajustarse en el momento de reglamentación de la ley. De allí, que decidieron avanzar.

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Reinvindicación de las víctimas en el proceso judicial

“El Código Procesal Penal sólo permite la participación de las víctimas después de la citación del supuesto imputado en la audiencia de imputación y hasta el requerimiento de la elevación a juicio en la figura del actor civil o querellante. Con las modificaciones, la víctima podrá constituirse en querellante desde el momento mismo de la denuncia”, señaló la Legisladora.

Además, indicó que nadie más que una víctima tiene sus intereses afectados y sin embargo actualmente se encuentra al margen del proceso.  “Se avanza para que se escuche a la víctima, a que tenga una participación activa en el proceso, a que tenga una participación activa junto al fiscal o de manera independiente si no está de acuerdo con las actuaciones del fiscal”, analizó la misma.

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Actualización del concepto de víctima

Lejos de quedar acotada a una instancia de denuncia, ahora la víctima podrá ser parte del proceso de investigación y juzgamiento. Será un importantísimo aporte el que podrá hacer la víctima al proceso penal”, subrayó Abilés.  En tal sentido, agregó que se también se avanzó en el concepto de víctima. Precisamente, aseguró que no sólo la persona afectada por un delito sino también podrán serlo su cónyuge, sus hermanos, sus ascendientes, descendientes, su socio, las asociaciones legalmente reconocidas.

Todo ellos permitirían acompañar a la víctima y todas aquellas que puedan acreditar algún interés en el proceso. Añadió que a partir de la reforma, en el momento mismo que se presenta una denuncia, se le notificará a la víctima que tiene derechos tales como trato digno, protección, a recibir informes y proponer diligencias de investigación y a recibir respuestas.

“Aunque parezca mentira, la víctima estaba al margen de toda la investigación y búsqueda de la verdad”, concluyó Abilés.

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